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Contrato de factoring: cesión de créditos comerciales, modalidades y aspectos jurídicos

El contrato de factoring: cesión de créditos comerciales

El factoring es el contrato por el que una empresa cede sus créditos comerciales frente a clientes a una entidad de factoring (habitualmente un banco o empresa especializada) a cambio de un anticipo del importe de las facturas, menos una comisión y unos intereses. Las modalidades principales son el factoring con recurso (si el cliente final no paga, la entidad de factoring puede reclamar a la empresa cedente) y el factoring sin recurso (la entidad de factoring asume el riesgo de impago del cliente final). El factoring sin recurso es más caro pero mejora el balance de la empresa al eliminar el riesgo de crédito.

Aspectos jurídicos de la cesión de créditos en el factoring

La cesión de los créditos en el factoring se rige por los artículos 1526 y siguientes del Código Civil. El deudor cedido (el cliente de la empresa) puede oponer al factor los mismos medios de defensa que tenía frente al cedente: si el servicio o producto no fue entregado correctamente, el cliente puede negarse a pagar al factor. Por ello, el contrato de factoring debe incluir garantías de la empresa cedente sobre la realidad y exigibilidad de los créditos cedidos (manifestaciones y garantías sobre la factura: que el servicio fue prestado, que no hay litigios pendientes con el cliente, que no hay notas de crédito emitidas).

Notificación al deudor: ¿es obligatoria?

En el factoring con notificación, el cliente es informado de la cesión y se le instruye para que pague directamente al factor. En el factoring sin notificación (confidencial), el cliente sigue pagando a la empresa cedente, que a su vez transfiere los fondos al factor. El factoring sin notificación es más discreto (el cliente no sabe que la empresa está utilizando sus facturas como instrumento de financiación), pero tiene riesgos legales: el pago del deudor al cedente no libera al cedente si la cesión ya fue notificada antes. En DirectorJuridico.es asesoramos en contratos de factoring coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en financiación empresarial. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?

Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.