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Acceso a todas las especialidades del derecho de empresa
Nadie domina a la vez mercantil, laboral, penal económico, concursal, contencioso-administrativo, propiedad industrial, competencia, consumo y protección de datos. Quien lo afirma miente o no ha llegado a la profundidad de ninguna de ellas. La pregunta correcta no es quién sabe de todo, sino quién sabe a quién llamar y cómo dirigirlo.
Las especialidades que una empresa acaba necesitando
| Especialidad | Cuándo aparece |
|---|---|
| Mercantil y societario | Contratos, socios, operaciones, gobierno |
| Laboral | Extinciones, colectivos, Inspección, convenios |
| Penal económico | Compliance, investigaciones, querellas y denuncias |
| Concursal y reestructuración | Insolvencia propia o de un cliente relevante |
| Contencioso-administrativo | Sanciones, licencias, subvenciones, contratación pública |
| Civil y litigación | Reclamaciones, responsabilidad, arrendamientos |
| Propiedad industrial e intelectual | Marcas, patentes, software, secretos |
| Competencia | Acuerdos con competidores, distribución, CNMC |
| Protección de datos | RGPD, brechas, AEPD |
| Fiscal | Toda decisión societaria y contractual relevante |
El valor está en la dirección, no en la lista
Cualquier empresa puede buscar un especialista en internet. Lo que no puede hacer sin función jurídica es lo verdaderamente difícil: identificar con precisión qué especialidad necesita —que muchas veces no es la evidente—, acotar el encargo para que no se convierta en una investigación abierta, transmitir el contexto completo del negocio, negociar el presupuesto antes de empezar, y evaluar si el trabajo entregado responde a lo que se pidió.
Un exempleado se lleva la cartera de clientes. La empresa llama a un laboralista, que plantea las acciones laborales que puede plantear. El asunto, en realidad, es de competencia desleal y de secretos empresariales, con medidas cautelares que hay que pedir en semanas. Identificar bien el frente es la mitad del resultado.
Cómo funciona la red
- Selección previa. Los colaboradores se incorporan tras evaluación de su especialidad real, su experiencia y su seguro de responsabilidad civil.
- Encargo escrito. Alcance, entregable, plazo y presupuesto cerrado antes de empezar.
- Contexto transmitido. El especialista recibe la información del negocio ya ordenada, lo que reduce horas y mejora el resultado.
- Interlocución única. La empresa habla con su director jurídico; no gestiona varios despachos a la vez.
- Revisión del resultado. Se comprueba que lo entregado responde al encargo antes de darlo por bueno.
- Criterio coherente. Cuando hay varios frentes abiertos, todos siguen la misma línea de defensa.
Territorio
Muchos asuntos exigen presencia física en un partido judicial o conocimiento de una normativa autonómica concreta —licencias, turismo, comercio, urbanismo, sanidad—. La red cubre todo el territorio nacional precisamente por eso: encargar un contencioso en otra comunidad autónoma a un despacho que no conoce ni el foro ni la norma aplicable es una decisión cara.
Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil, laboral, penal y de protección de datos se modifica con frecuencia, y existen especialidades sectoriales y autonómicas: antes de tomar decisiones conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.
Sobre la red de especialistas
¿Los honorarios del especialista se suman a la cuota?
Sí, y siempre con presupuesto previo aceptado por la empresa. La cuota cubre la función de dirección jurídica y todo lo incluido en el alcance; los asuntos que requieren un especialista externo se presupuestan aparte, porque su coste depende del asunto. Lo que no ocurre es que aparezca una factura que nadie autorizó: ese es precisamente uno de los problemas que el modelo resuelve.
¿Podemos usar nuestro propio despacho de confianza?
Por supuesto, y es lo habitual cuando la empresa ya tiene una relación que funciona. La dirección jurídica se limita entonces a definir el encargo, transmitir el contexto, hacer el seguimiento y revisar el resultado, exactamente igual que con un colaborador de la red. La elección del despacho es siempre de la empresa.
¿Cómo se controla la calidad de los colaboradores?
Con evaluación previa a la incorporación, con seguimiento del resultado en cada asunto y con la revisión del entregable antes de darlo por bueno. Un colaborador que incumple plazos, que desborda presupuestos sin avisar o cuyo trabajo no responde al encargo deja de recibir asuntos. Es una relación continuada y esa continuidad es el mejor incentivo de calidad que existe.
¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?
Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.