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Contratación tecnológica, SaaS y desarrollo de software

Tres preguntas deciden el riesgo de cualquier contrato tecnológico: de quién es el código, de quién son los datos y qué pasa el día que se cambia de proveedor. Si el contrato no las responde con claridad, la empresa está en manos del proveedor.

Los tipos de contrato

ContratoCuestión clave
Suscripción SaaSNiveles de servicio, datos y salida
Desarrollo a medidaTitularidad del código y aceptación
Licencia de softwareAlcance de la licencia, usuarios y auditoría
Mantenimiento y soporteTiempos de respuesta y de resolución
Alojamiento e infraestructuraUbicación de los datos y continuidad
Implantación e integraciónAlcance, dependencias y responsabilidad del resultado

Niveles de servicio que signifiquen algo

Un acuerdo de nivel de servicio útil define la métrica, el método de medición, quién mide, la ventana temporal, las exclusiones y la consecuencia del incumplimiento. Muchos contratos prometen un porcentaje de disponibilidad elevado y después excluyen del cómputo el mantenimiento programado, las incidencias de terceros y los picos de demanda, con lo que el compromiso queda vacío. Y la consecuencia habitual —un abono en la siguiente factura— rara vez guarda relación con el daño real de una caída.

La pregunta que hay que hacer

Si el servicio se cae durante un día laborable completo, ¿qué recibe la empresa y qué pierde? Si la respuesta es un descuento simbólico frente a una pérdida operativa relevante, el nivel de servicio no está bien negociado.

Datos y reversibilidad

  • Propiedad de los datos. Declaración expresa de que los datos son de la empresa y de que el proveedor solo los trata por su cuenta.
  • Uso por el proveedor. Prohibición o delimitación estricta del uso para fines propios, incluido el entrenamiento de modelos.
  • Ubicación. Dónde se alojan y se procesan, incluidas copias y soporte, con las consecuencias en transferencias internacionales.
  • Exportación. Derecho a extraer los datos en formato estructurado y utilizable, en cualquier momento y al terminar.
  • Asistencia en la transición al nuevo proveedor, con plazo y precio pactados de antemano.
  • Supresión tras la terminación, con certificación y con plazo.
  • Contrato de encargo del artículo 28 cuando hay datos personales, que es casi siempre.

Desarrollo a medida

Si la empresa paga un desarrollo, el contrato debe incluir la cesión expresa de los derechos de explotación sobre el código, con alcance, ámbito territorial y duración, y la entrega del código fuente y de la documentación técnica. Sin eso, la empresa queda con una licencia de uso y sin capacidad de modificar el producto o de cambiar de proveedor. Cuando el proveedor no acepta ceder porque el desarrollo se apoya en su producto base, la alternativa es un depósito de código en garantía con supuestos de liberación bien definidos.

Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil, laboral, penal y de protección de datos se modifica con frecuencia, y existen especialidades sectoriales y autonómicas: antes de tomar decisiones conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.

Preguntas frecuentes

Sobre la contratación tecnológica

Los grandes proveedores no negocian sus condiciones.

Es cierto en la mayoría de los casos, y por eso el trabajo cambia de naturaleza: se trata de leer bien lo que se acepta, identificar los riesgos que quedan a cargo de la empresa y mitigarlos por otras vías —copias de seguridad propias, plan de contingencia, diversificación, seguro—. Firmar sabiendo qué se asume es muy distinto de firmar sin haberlo mirado, aunque el texto sea el mismo.

¿Qué es el escrow de código?

Un depósito del código fuente y de la documentación en manos de un tercero, con supuestos tasados de liberación a favor del cliente: concurso del proveedor, cese de la actividad o incumplimiento grave del mantenimiento. Tiene sentido cuando el software es crítico para la operativa y el proveedor no cede la titularidad. Su utilidad depende de que el depósito se actualice: un código depositado hace cuatro años no sirve de nada.

El contrato se renueva automáticamente y ha subido el precio.

Es el problema clásico de los contratos tecnológicos: prórroga automática con preaviso largo y cláusula de revisión de precios unilateral. Se resuelve en dos planos: incorporando todos los vencimientos al calendario legal con alerta anticipada, y negociando en la renovación reglas de revisión objetivas y un preaviso razonable. Lo primero se puede hacer hoy mismo.

¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?

Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.