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Ciberseguridad y NIS2

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Ciberseguridad legal y NIS2

La ciberseguridad ha dejado de ser un asunto exclusivamente técnico. La directiva NIS2 traslada la responsabilidad de la gestión del riesgo a los órganos de dirección, exige medidas concretas, impone plazos de notificación de incidentes y extiende sus efectos a la cadena de suministro.

A quién alcanza

NIS2 amplía considerablemente el ámbito respecto de la normativa anterior: incluye sectores de alta criticidad —energía, transporte, banca, sanidad, agua, infraestructura digital, administración pública— y otros sectores críticos como servicios postales, gestión de residuos, fabricación de determinados productos, producción y distribución de alimentos, o proveedores de servicios digitales. Se aplica con criterios de tamaño, con excepciones que pueden incluir a entidades menores por su criticidad. Conviene comprobar el encaje concreto y la norma nacional de transposición aplicable.

El efecto indirecto

Aunque su empresa no esté en el ámbito, sus clientes sujetos a NIS2 le trasladarán exigencias contractuales de seguridad, notificación de incidentes y derecho de auditoría. La cadena de suministro es una de las áreas expresamente cubiertas.

Medidas exigidas

  • Análisis de riesgos y políticas de seguridad de los sistemas de información.
  • Gestión de incidentes, con detección, respuesta y recuperación.
  • Continuidad de negocio: copias de seguridad, recuperación ante desastres y gestión de crisis.
  • Seguridad de la cadena de suministro, incluida la relación con proveedores directos.
  • Seguridad en adquisición, desarrollo y mantenimiento de sistemas, con gestión de vulnerabilidades.
  • Evaluación de la eficacia de las medidas y políticas de criptografía.
  • Higiene y formación en ciberseguridad, incluida la de los órganos de dirección.
  • Control de accesos, autenticación reforzada y seguridad de las comunicaciones.

Notificación de incidentes

NIS2 establece un régimen escalonado de notificación al equipo de respuesta o a la autoridad competente, con un primer aviso muy rápido, una notificación con más detalle en un plazo corto y un informe final posterior. Ese régimen convive con la notificación de brechas del RGPD, que tiene sus propios plazos y destinatarios: un mismo incidente puede exigir dos notificaciones distintas, y conviene tener el protocolo escrito para no confundirlas.

MarcoQué se notificaA quién
RGPDBrechas de datos personales con riesgoAutoridad de protección de datos y, en su caso, afectados
NIS2Incidentes significativos en los serviciosAutoridad competente o CSIRT
ContractualSegún lo pactado con clientes y proveedoresLa contraparte, en el plazo acordado
PenalDenuncia por delitos informáticosFuerzas y cuerpos de seguridad

La responsabilidad de la dirección

NIS2 exige que los órganos de dirección aprueben las medidas de gestión de riesgos, supervisen su aplicación y reciban formación específica, y prevé que puedan ser considerados responsables del incumplimiento. Es un cambio de fondo: la ciberseguridad deja de ser una partida delegada en sistemas y pasa a ser una materia de gobierno corporativo, con la documentación que eso exige.

Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil, laboral, penal y de protección de datos se modifica con frecuencia, y existen especialidades sectoriales y autonómicas: antes de tomar decisiones conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.

Preguntas frecuentes

Sobre ciberseguridad y NIS2

¿Cómo sé si nos aplica NIS2?

Hay que contrastar el sector de actividad con los anexos de la directiva y con la norma nacional de transposición, y comprobar los criterios de tamaño y las excepciones por criticidad. El análisis debe documentarse aunque el resultado sea negativo, porque acredita diligencia y porque los clientes lo preguntarán. Y conviene rehacerlo si la empresa cambia de actividad o crece.

¿Basta con lo que ya hacemos por el RGPD?

No. El RGPD exige medidas de seguridad respecto de los datos personales; NIS2 se ocupa de la seguridad de los sistemas y servicios en su conjunto, con obligaciones de gobierno, continuidad, cadena de suministro y notificación propias. Se solapan en parte y conviene integrarlas en un único sistema de gestión, pero ninguno de los dos marcos cubre al otro.

¿Esto es trabajo de abogados o de informáticos?

De ambos, y ahí está el problema habitual: las medidas técnicas las implanta el equipo de sistemas o un proveedor especializado, pero el marco de obligaciones, los contratos con proveedores, los protocolos de notificación y la documentación de gobierno son trabajo jurídico. Lo que hacemos es articular esa coordinación y garantizar que el resultado sea acreditable, no solo eficaz.

¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?

Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.