Inicio/Otras áreas/Propiedad intelectual
Propiedad intelectual e industrial
En muchas empresas, el activo más valioso no está en el balance: es el software que sostiene la operativa, la base de datos de clientes, la metodología propia o la marca. Y con demasiada frecuencia, cuando se revisa la documentación, resulta que no es de la empresa.
Qué protege cada figura
| Figura | Objeto |
|---|---|
| Derechos de autor | Obras originales, incluido el software y la documentación |
| Marca | Signo distintivo de productos o servicios |
| Nombre comercial | Identificación de la empresa en el tráfico |
| Patente y modelo de utilidad | Invenciones con requisitos de novedad y actividad inventiva |
| Diseño industrial | Apariencia de un producto |
| Secreto empresarial | Información con valor por ser secreta y protegida con medidas razonables |
| Bases de datos | Derecho sui generis por inversión sustancial |
El punto crítico: la titularidad
- Trabajadores. Existen reglas específicas de atribución para el software creado por empleados en el ejercicio de sus funciones y para las invenciones laborales, pero conviene reforzarlas con cláusulas expresas en el contrato.
- Freelance y proveedores. Aquí no hay regla favorable: sin cesión expresa y por escrito, con alcance, ámbito y plazo, la empresa puede quedarse solo con una licencia implícita para el uso previsto.
- Agencias y estudios. Logotipos, diseños, contenidos y campañas requieren cesión expresa, y muchas veces se limita a lo entregado sin incluir los archivos fuente.
- Socios fundadores. Es frecuente que la marca o el dominio estén a nombre de una persona física y no de la sociedad.
- Código abierto. Las licencias de terceros incorporadas al producto imponen condiciones que hay que conocer antes de comercializar.
Pagar por un desarrollo no equivale a adquirir sus derechos. La transmisión de derechos de explotación exige pacto expreso y por escrito, con determinación de las modalidades cedidas, el ámbito territorial y la duración.
El secreto empresarial
Protege información con valor comercial por ser secreta —listas de clientes, procesos, fórmulas, condiciones de compra— siempre que se hayan adoptado medidas razonables para mantenerla reservada. Esas medidas son las que hay que poder acreditar: acuerdos de confidencialidad, control de accesos por perfiles, identificación de la información sensible, políticas de uso de sistemas y protocolos de salida de empleados. Sin ellas, la protección se debilita justo cuando hace falta.
Defensa frente a infracciones
Ante un uso no autorizado caben acciones de cesación, remoción, indemnización y publicación de la sentencia, además de medidas cautelares que en muchos casos son lo verdaderamente decisivo por su rapidez. Actuar pronto importa: la tolerancia prolongada debilita la posición y, en materia de marcas, puede llegar a producir efectos de prescripción por tolerancia.
Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil, laboral, penal y de protección de datos se modifica con frecuencia, y existen especialidades sectoriales y autonómicas: antes de tomar decisiones conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.
Sobre la propiedad intelectual
Un freelance desarrolló nuestro software hace años.
Hay que revisar qué se firmó. Si no hubo cesión expresa de derechos de explotación, lo habitual es que la empresa disponga de una licencia para el uso previsto pero no de la titularidad, lo que impide modificarlo, cederlo o venderlo con la empresa sin autorización. La solución es regularizarlo mediante un contrato de cesión, y conviene hacerlo antes de que la empresa tenga interés visible en ello, porque después el precio cambia.
¿Podemos usar imágenes o música encontradas en internet?
No sin licencia. Es una de las infracciones que más reclamaciones genera, porque existen empresas dedicadas a rastrear usos no autorizados de fotografías. La solución operativa es sencilla: bancos de imágenes con licencia, registro de la licencia de cada recurso utilizado y una instrucción clara al equipo de marketing. Cuesta poco y elimina un riesgo recurrente.
¿Los datos de nuestros clientes son un activo protegible?
La base de datos puede estar protegida por el derecho sui generis cuando ha exigido una inversión sustancial, y la información comercial puede constituir secreto empresarial si se protege adecuadamente. Ahora bien, se trata de datos personales, de modo que su uso está limitado por la normativa de protección de datos y no puede cederse libremente, ni siquiera en una venta de empresa, sin analizar la base jurídica.
¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?
Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.