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Errores jurídicos frecuentes en las empresas
Veinte fallos que se repiten en empresa tras empresa, con independencia del sector y del tamaño. Ninguno es exótico y todos son evitables. Lo que los hace caros es que no se manifiestan hasta que ya no tienen arreglo barato.
En la contratación
- Firmar sin límite de responsabilidad. Un contrato de importe modesto puede generar una exposición veinte veces mayor.
- Aceptar el contrato de la otra parte sin revisar. Por prisa o por no incomodar a un cliente importante.
- No definir el alcance ni las exclusiones. Origen de la mitad de los conflictos con clientes.
- Perder los preavisos de terminación. El contrato se renueva otro período completo.
- No pactar la propiedad de lo que se crea. Software, diseños y contenidos que no son de quien los pagó.
En lo societario
- No levantar actas. Y descubrirlo cuando llega un comprador o un conflicto entre socios.
- Libros sin legalizar durante varios ejercicios.
- Poderes vivos de personas que ya no están en la empresa.
- No firmar pacto de socios cuando todavía hay acuerdo.
- Convocar juntas de forma distinta a la estatutaria, dejando los acuerdos impugnables.
En lo laboral
- Aplicar el convenio equivocado, arrastrando diferencias salariales durante años.
- Contratos temporales sin causa acreditable por escrito.
- Colaboradores que facturan pero trabajan como empleados.
- Despedir sin prueba documentada de los hechos alegados.
- Registro de jornada inexistente o que no refleja la realidad.
En datos y digital
- Textos legales copiados de otra web, que describen una empresa que no es la suya.
- Proveedores que tratan datos sin contrato de encargo.
- Conservar currículos indefinidamente sin plazo ni información.
- Banner de cookies que dificulta rechazar frente a aceptar.
- No responder a un ejercicio de derechos, que es el origen de la mayoría de las reclamaciones ante la Agencia.
Ninguno de estos errores produce efecto inmediato. Todos se manifiestan años después, en una inspección, un conflicto o una due diligence, cuando ya no se pueden corregir sin coste.
Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil, laboral, penal y de protección de datos se modifica con frecuencia, y existen especialidades sectoriales y autonómicas: antes de tomar decisiones conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.
Sobre estos errores
¿Se pueden corregir hacia atrás?
Algunos sí y otros solo parcialmente. Los formales —actas, libros, poderes, textos legales, contratos de encargo— se regularizan con relativa facilidad. Los contractuales solo se corrigen en la renovación o renegociando, lo que depende de la otra parte. Y los de titularidad de intangibles dependen de que un tercero acepte ceder, y su precio sube cuando se nota que la empresa lo necesita.
¿Por qué son tan frecuentes si son evitables?
Porque ninguno hace ruido. Nadie decidió no levantar el acta ni no revisar el contrato: simplemente no había nadie cuya función fuera hacerlo, y las tareas sin dueño no se hacen. Es exactamente el problema que resuelve una dirección jurídica: no aporta conocimiento que no exista en el mercado, aporta que alguien se ocupe.
¿Cuál corregiríais primero?
Depende de la empresa, pero si hubiera que elegir sin conocerla: comprobar que la marca y el software son de la sociedad, y revisar el límite de responsabilidad de los cinco contratos de mayor importe. Son dos comprobaciones de un día y cubren los dos riesgos con mayor impacto económico potencial.
¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?
Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.