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Planes y honorarios
Alcance definido y cuota cerrada. Es la única forma de que la empresa sepa lo que va a pagar y de que nosotros sepamos lo que tenemos que entregar. Lo que queda fuera del alcance se presupuesta antes de encargarse, nunca después.
La estructura
| Concepto | Cómo se factura |
|---|---|
| Diagnóstico inicial | Proyecto cerrado, presupuestado antes de empezar |
| Dirección jurídica | Cuota mensual fija según alcance |
| Proyectos de implantación | Precio cerrado por proyecto |
| Especialistas externos | Presupuesto aceptado antes del encargo |
| Picos de actividad | Bolsa de horas a tarifa pactada de antemano |
| Tasas y gastos | A coste, con justificante |
Porque dependen del tamaño de la empresa, del número de sociedades, del volumen de contratación, del sector y de los bloques incluidos. Dar una cifra antes de conocer esos datos sería inventarla. Lo que sí garantizamos es que la cuota se cierra por escrito tras el diagnóstico y que no hay conceptos sorpresa.
Qué determina la cuota
- Tamaño de la empresa y número de personas trabajadoras.
- Número de sociedades del grupo y complejidad de su estructura.
- Volumen de contratación: cuántos contratos entran y de qué tipo.
- Bloques del alcance: cuáles se incluyen y cuáles quedan fuera.
- Sector y su carga regulatoria específica.
- Presencia requerida en comité y en reuniones.
- Situación de partida: una empresa con todo por hacer consume más el primer año.
Niveles de alcance
| Nivel | Incluye |
|---|---|
| Esencial | Contratación, societario, calendario y consultas |
| Ampliado | Lo anterior más protección de datos y laboral |
| Completo | Lo anterior más compliance, coordinación de despachos y comité |
| Grupo | Completo, multisociedad, con reporte consolidado |
Condiciones
Plazo inicial de doce meses, porque la función jurídica necesita continuidad para dar resultado, con renovación tácita anual y preaviso razonable para permitir un traspaso ordenado. Sin penalización por no renovar. Revisión anual del alcance y de la cuota, al alza o a la baja según el consumo real. Y facturación mensual, con detalle de lo incluido y de lo facturado aparte.
Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil, laboral, penal y de protección de datos se modifica con frecuencia, y existen especialidades sectoriales y autonómicas: antes de tomar decisiones conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.
Sobre los honorarios
¿La cuota incluye los pleitos?
La dirección de la cartera de litigios, la estrategia, el seguimiento y la valoración del riesgo sí. La llevanza procesal de cada procedimiento se presupuesta aparte, porque su coste depende del asunto, de la instancia y del foro, y porque en muchos casos interviene un especialista. La empresa recibe siempre un presupuesto antes de que se inicie cualquier actuación procesal.
¿Y si un mes hay mucho trabajo?
Lo que está en el alcance está cubierto por la cuota, aunque el mes haya sido intenso. Para los picos que exceden claramente el alcance —una operación, una inspección— existe una bolsa de horas a tarifa pactada de antemano o un presupuesto de proyecto. Nunca aparece una factura por trabajo no autorizado previamente.
¿Se puede empezar con un alcance mínimo?
Sí, y es lo que recomendamos: el alcance mínimo que cubre las urgencias detectadas en el diagnóstico, con ampliación cuando la empresa ve el funcionamiento y aparecen necesidades nuevas. Ampliar es sencillo. Lo que no funciona es contratar un alcance amplio sin diagnóstico previo, porque entonces se paga por cubrir riesgos que no se sabe si existen.
¿Qué pasa con el importe del diagnóstico si contratamos después?
En la mayoría de los casos se descuenta de las primeras cuotas del servicio, en los términos que se pacten al presupuestarlo. Y si la empresa decide no continuar, se queda igualmente con el informe, el mapa de riesgos y el plan priorizado, que son útiles por sí mismos y puede ejecutar con quien prefiera.
Cuéntenos cómo está organizada su empresa
Con saber a qué se dedica, cuántas personas son, cuántas sociedades hay y quién lleva hoy lo jurídico, podemos decirle qué obligaciones legales le afectan, cuáles están cubiertas y cuáles no, y por dónde conviene empezar. Le respondemos en 24-48 horas laborables.
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¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?
Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.