DirectorJuridico

Compliance laboral

Inicio/Compliance/Compliance laboral

Compliance laboral

La mayor parte de las actas de la Inspección de Trabajo no se levantan por decisiones estratégicas discutibles, sino por obligaciones formales incumplidas: un registro de jornada que no existe, un plan de igualdad que no se depositó, un protocolo que no se aprobó. Son incumplimientos baratos de evitar y caros de sufrir.

El inventario de obligaciones formales

ObligaciónA quién afecta
Registro diario de jornadaToda empresa con personal por cuenta ajena
Registro retributivoToda empresa, sin umbral de plantilla
Plan de igualdad y su depósitoEmpresas a partir del umbral legal de plantilla
Protocolo frente al acosoToda empresa
Plan de prevención y evaluación de riesgosToda empresa con personal
Coordinación de actividades empresarialesQuien comparte centro con contratas
Información a la representación legalEmpresas con representación constituida
Sistema interno de informaciónDesde 50 trabajadores y otros sujetos
Protección de datos de la plantillaToda empresa

Los riesgos de fondo

  • Contratación temporal sin causa acreditable, con conversión en indefinido y recargos.
  • Falsos autónomos o encubrimiento de relación laboral, con actas de liquidación por las cuotas de todo el período.
  • Cesión ilegal de trabajadores en contratas que no aportan organización propia.
  • Responsabilidad en la cadena de subcontratación por salarios y cotizaciones de la contrata.
  • Horas extraordinarias no registradas ni cotizadas, que afloran en cualquier reclamación individual.
  • Discriminación en acceso, promoción o retribución, con inversión de la carga de la prueba.
  • Incumplimientos en prevención, con las tres vías de responsabilidad que abre un accidente.

Controles que funcionan

El compliance laboral no exige una estructura paralela: exige integrar unos pocos controles en los procesos que ya existen. Una lista de comprobación antes de cada contratación, que verifique modalidad, causa, convenio y documentación. Un control mensual del registro de jornada con revisión de anomalías. Una verificación anual de la documentación de las contratas. Y un procedimiento escrito para las extinciones, que garantice que la carta, la prueba y la liquidación se preparan antes de comunicar la decisión, no después.

La comprobación más rentable

Revisar si el convenio colectivo aplicado es el correcto. Un error aquí arrastra diferencias salariales de varios años para toda la plantilla, más recargos, y es de las primeras cosas que verifica la Inspección.

Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil, laboral, penal y de protección de datos se modifica con frecuencia, y existen especialidades sectoriales y autonómicas: antes de tomar decisiones conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.

Preguntas frecuentes

Sobre el compliance laboral

Esto lo lleva nuestra gestoría laboral. ¿No es suficiente?

La gestoría tramita: contratos, nóminas, altas, bajas y seguros sociales. Eso es imprescindible y normalmente está bien hecho. Lo que la gestoría no suele hacer es verificar si el convenio aplicado es el correcto, si las causas de temporalidad se sostienen, si el registro de jornada refleja la realidad, si las contratas cumplen o si existen los protocolos obligatorios. Esa capa de control es distinta y es la que suele faltar.

¿El registro de jornada es realmente obligatorio para todos?

Sí, para todas las personas trabajadoras por cuenta ajena, con independencia de la jornada, incluido el personal a tiempo parcial y, con sus particularidades, el trabajo a distancia. Debe registrar hora de inicio y fin de cada jornada, conservarse durante el plazo legal y estar a disposición de la plantilla, de la representación y de la Inspección. Es una de las obligaciones cuyo incumplimiento se sanciona con más frecuencia.

¿Qué relación tiene esto con el compliance penal?

Directa. Los delitos contra los derechos de los trabajadores y los relativos a la seguridad en el trabajo forman parte del catálogo que puede generar responsabilidad penal de la persona jurídica, y las condiciones laborales gravemente irregulares o los accidentes por ausencia de medidas pueden derivar en esa vía. Por eso el bloque laboral se integra en el mapa de riesgos y no se trata como un compartimento separado.

¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?

Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.