El Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA)
El Reglamento MiCA (Markets in Crypto-Assets, Reglamento (UE) 2023/1114), aplicable en su totalidad desde diciembre de 2024, establece el primer marco regulatorio europeo para los criptoactivos. Crea tres categorías de tokens regulados: los tokens referenciados a activos (ART, similares a las stablecoins), los tokens de dinero electrónico (EMT) y el resto de criptoactivos (categoría residual que incluye utility tokens y las principales criptomonedas como BTC y ETH). Los emisores de tokens regulados y los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) necesitan autorización previa de la CNMV y están sujetos a requisitos de capital, gobierno corporativo y transparencia.
Obligaciones de los CASP bajo MiCA
Los proveedores de servicios de criptoactivos (exchanges, custodios, asesores) autorizados bajo MiCA deben: mantener fondos propios mínimos según el tipo y volumen de servicios, publicar políticas de gestión de conflictos de interés, segregar los activos de los clientes de los propios, implementar un sistema de gestión de reclamaciones, y publicar información sobre costes y comisiones. Los CASP autorizados en un estado miembro de la UE tienen pasaporte europeo para operar en toda la UE sin necesidad de nueva autorización.
Impacto de MiCA en las empresas que usan criptoactivos
Las empresas que emiten tokens como forma de financiación (ICO, STO), las que aceptan criptomonedas como medio de pago, y las que tienen tesorería en criptoactivos significativa deben analizar si su actividad encaja en alguna de las categorías reguladas de MiCA. La emisión de tokens que no cumpla los requisitos de MiCA puede ser sancionada con prohibición de la oferta y multas de hasta 5 millones de euros o el 3% de la facturación anual. En DirectorJuridico.es asesoramos en cumplimiento de MiCA coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en derecho financiero y criptoactivos. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.