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Condiciones generales de contratación: incorporación válida, cláusulas abusivas B2C y B2B

Las condiciones generales de contratación: cuándo vinculan al consumidor y cuándo no

Las condiciones generales de la contratación (CGC) son cláusulas predispuestas por una de las partes que se incorporan a los contratos sin negociación individual. Su validez y eficacia está condicionada por la Ley de Condiciones Generales de la Contratación (Ley 7/1998) y, cuando el adherente es consumidor, por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU). Una cláusula de CGC puede ser nula por no haber sido incorporada correctamente al contrato (requisitos de transparencia e información previa) o por ser abusiva (causar un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor contrario a la buena fe).

Requisitos para la incorporación válida de las CGC

Para que las CGC se incorporen válidamente al contrato, el predisponente debe: (1) informar al adherente de su existencia con la posibilidad de conocer su contenido completo antes de la firma; (2) aceptar que el adherente las rechace expresamente; (3) redactarlas de forma clara, concreta y sencilla (principio de transparencia); y (4) en los contratos electrónicos, asegurarse de que el adherente ha tenido la posibilidad de leerlas antes de aceptar. Las cláusulas que no se hayan incorporado correctamente no vinculan al adherente aunque haya firmado el contrato.

Cláusulas abusivas en contratos B2B y B2C

La protección frente a las cláusulas abusivas es mucho más intensa en los contratos con consumidores (B2C) que en los contratos entre empresas (B2B). En los B2C, la lista de cláusulas abusivas del LGDCU es muy amplia y el control de abusividad puede aplicarse de oficio por el juez. En los B2B, el control de abusividad es más limitado pero existen mecanismos específicos en la Ley sobre morosidad comercial y en el derecho de la competencia desleal para las cláusulas especialmente desequilibradas entre empresas con diferente poder de negociación. En DirectorJuridico.es revisamos y redactamos CGC coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en derecho contractual empresarial. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

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