Sostenibilidad corporativa: obligaciones legales bajo la CSRD
La Directiva CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive, 2022/2464) obliga a las grandes empresas europeas a publicar información detallada sobre sus impactos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) según los estándares ESRS. En España, las empresas con más de 500 empleados y balance superior a 20 millones o facturación superior a 40 millones están ya sujetas desde 2024. Las empresas de 250-500 empleados lo estarán desde 2026. La CSRD va mucho más allá de la declaración de información no financiera anterior: exige auditoría externa de la información de sostenibilidad, doble materialidad y estándares ESRS armonizados. El incumplimiento puede acarrear sanciones y responsabilidad de los administradores.
Doble materialidad: el concepto clave de la CSRD
El principio de doble materialidad exige que las empresas reporten sobre: (1) cómo los riesgos de sostenibilidad afectan financieramente a la empresa (materialidad financiera o de impacto exterior-interior), y (2) cómo la empresa impacta en el medioambiente y la sociedad (materialidad de impacto interior-exterior). La evaluación de la materialidad es un proceso formal que debe documentarse y que determina qué aspectos ESG deben reportarse con detalle. Los abogados deben asesorar en la gobernanza de este proceso y en sus implicaciones legales.
Debida diligencia en sostenibilidad: la Directiva CSDDD
La Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Empresarial (CSDDD, 2024/1760) va más allá del reporting: obliga a las grandes empresas a identificar, prevenir, mitigar y corregir los impactos adversos sobre los derechos humanos y el medioambiente en toda su cadena de valor. Las empresas que incumplan pueden ser demandadas civilmente por los afectados en los tribunales europeos. En DirectorJuridico.es asesoramos en el cumplimiento de la CSRD y la CSDDD coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en compliance sostenibilidad y gobierno corporativo. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.