El contrato de franquicia: claves jurídicas para franquiciador y franquiciado
El contrato de franquicia es la cesión del derecho a explotar un modelo de negocio probado (marca, know-how, sistemas) a cambio de una contraprestación económica. En España, el Real Decreto 201/2010 regula las obligaciones de información precontractual del franquiciador y el Registro de franquiciadores. El franquiciador debe entregar al franquiciado un documento de información precontractual (DIP) con al menos 20 días de antelación a la firma del contrato o al pago de cualquier cantidad. El incumplimiento de este deber de información puede dar lugar a la resolución del contrato y a la indemnización de daños.
Contenido esencial del contrato de franquicia
El contrato debe regular: el territorio de exclusividad del franquiciado (si la hay), las obligaciones del franquiciador (formación inicial y continua, soporte, actualización del manual de operaciones), las obligaciones del franquiciado (canon de entrada, royalties periódicos, compras mínimas a proveedores aprobados, estándares de calidad), la propiedad y uso de la marca y el know-how, el régimen de transmisión de la franquicia, y las condiciones de terminación del contrato (causas de resolución, consecuencias de la terminación para el stock, el local y las obligaciones de no competencia post-contractual).
La cláusula de no competencia post-contractual en la franquicia
Las cláusulas de no competencia post-contractual en los contratos de franquicia son válidas cuando son razonables en cuanto a territorio, duración (máximo un año) y objeto (solo las actividades que compiten directamente con la red de franquicia). El Reglamento de exención por categorías de la UE (Reglamento 330/2010, sustituido por el 2022/720) establece los límites de validez de estas cláusulas en el contexto del derecho de la competencia. Cláusulas de no competencia más amplias pueden ser nulas por contrarias al derecho de la competencia. En DirectorJuridico.es redactamos y negociamos contratos de franquicia coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en derecho mercantil para empresas. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.