Que distingue un contrato mercantil de un contrato laboral
La distincion entre el contrato mercantil y el contrato laboral es una de las cuestiones juridicas mas frecuentes y mas litigadas en Espana. La diferencia no esta en la denominacion del contrato, sino en la naturaleza real de la relacion que el contrato crea. Un contrato mercantil regula una relacion entre dos partes que actuan con independencia entre si: cada parte asume sus propios riesgos economicos, organiza su actividad con libertad, y no esta sometida al poder de direccion de la otra parte. Un contrato laboral, en cambio, crea una relacion de dependencia y ajenidad: el trabajador presta sus servicios bajo las ordenes del empleador, con los medios de produccion del empleador, y a cambio de una retribucion fija independiente del resultado de su actividad.
La importancia de esta distincion es enorme desde el punto de vista legal y fiscal. Si una empresa contrata a una persona mediante un contrato mercantil cuando en realidad la relacion tiene las notas de dependencia y ajenidad propias del contrato laboral, la Inspeccion de Trabajo puede recalificar la relacion como laboral, obligando a la empresa a abonar las cotizaciones a la Seguridad Social no ingresadas (con recargos e intereses), a reconocer al trabajador los derechos laborales correspondientes (vacaciones, pagas extras, indemnizacion por despido), y a pagar las sanciones administrativas derivadas del incumplimiento de la normativa laboral. Esta practica — la denominada falsa externalizacion — es uno de los riesgos legales mas frecuentes en las pymes espanolas.
El contrato de agencia: cuando el agente actua por cuenta del principal
El contrato de agencia es el acuerdo por el que una persona (el agente) se obliga a promover actos u operaciones comerciales por cuenta de otra (el principal) a cambio de una remuneracion. El agente actua con caracter estable y en un ambito geografico o de clientela determinado. La Ley del Contrato de Agencia (LCA) regula esta figura y establece derechos irrenunciables del agente que hacen que el contrato de agencia sea mas parecido a un contrato laboral que a una simple relacion mercantil: el agente tiene derecho a una indemnizacion por clientela cuando el contrato se extingue (si ha aportado nuevos clientes al principal), a una indemnizacion por daños cuando el principal resuelve el contrato sin causa justificada, y a un preaviso minimo de terminacion. Las clausulas de exclusividad, la delimitacion del ambito de actuacion del agente, y la forma de calculo de la comision son los elementos mas importantes a negociar en el contrato de agencia.
El contrato de distribucion: diferencias con la agencia
El contrato de distribucion es el acuerdo por el que el distribuidor adquiere productos del fabricante o del mayorista en firme (asumiendo el riesgo de la venta) y los revende a sus clientes por su propia cuenta y riesgo. A diferencia del agente (que actua por cuenta del principal y no asume el riesgo de la venta), el distribuidor compra la mercancia y asume el riesgo de que no pueda revenderla. Esta diferencia tiene consecuencias juridicas importantes: el distribuidor no tiene derecho a la indemnizacion por clientela de la LCA (ya que el riesgo de la actividad comercial es suyo, no del principal), aunque la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha venido reconociendo en los ultimos anos una indemnizacion por clientela al distribuidor por aplicacion analogica de la LCA cuando concurren determinadas circunstancias.
El contrato de franquicia: transmision del modelo de negocio
El contrato de franquicia es el acuerdo por el que el franquiciador (titular de un modelo de negocio, una marca y un saber hacer) cede al franquiciado el derecho a explotar ese modelo de negocio a cambio de un canon inicial y de royalties periodicos. El contrato de franquicia incluye habitualmente: la licencia de uso de la marca y del know-how del franquiciador, la obligacion del franquiciador de prestar asistencia tecnica y formacion inicial y continua al franquiciado, la obligacion del franquiciado de operar respetando los estandares de la franquicia, las condiciones de compra de los productos o servicios del franquiciador, el canon inicial y los royalties periodicos, la duracion del contrato y las condiciones de renovation y resolucion.
El contrato de suministro: entregas periodicas de bienes
El contrato de suministro es el acuerdo por el que el suministrador se obliga a entregar al suministrado, de forma periodica y continuada, determinados bienes a cambio de un precio. Las clausulas mas importantes en el contrato de suministro son: el precio y la forma de revision del precio (clausula de revision de precios vinculada al IPC, al coste de las materias primas o a otro indice), el volumen minimo y maximo de suministro comprometido por ambas partes, las condiciones de calidad y de rechazo de los bienes no conformes, el plazo de pago (que no puede superar los 30 dias en relaciones entre empresas y la Administracion Publica, o los 60 dias entre empresas en determinadas condiciones, conforme a la Ley de Morosidad), y los mecanismos de resolucion en caso de incumplimiento.
Clausulas que no pueden faltar en ningun contrato mercantil
Con independencia del tipo de contrato mercantil, hay un conjunto de clausulas que todo contrato entre empresas debe incluir para proteger adecuadamente a las partes: la definicion precisa del objeto del contrato (que se compromete a hacer o a entregar cada parte), el precio y la forma de pago, la duracion y las condiciones de prorroga o terminacion (con los plazos de preaviso), la clausula de confidencialidad (obligacion de guardar secreto sobre la informacion tecnica, comercial y financiera intercambiada entre las partes), la clausula de propiedad intelectual (quien es titular de los resultados del trabajo contratado), la clausula de responsabilidad y sus limitaciones, y la clausula de resolucion de conflictos (arbitraje, mediacion o jurisdiccion y fuero competente).
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