La responsabilidad por productos defectuosos: el régimen de responsabilidad objetiva
La Directiva de responsabilidad por productos defectuosos (reformada por la Directiva (UE) 2024/2853, en vigor desde 2024) y su transposición española en el Real Decreto Legislativo 1/2007 establecen un régimen de responsabilidad objetiva: el fabricante es responsable por los daños causados por un producto defectuoso aunque no haya actuado con negligencia. El producto es defectuoso cuando no ofrece la seguridad que cabría legítimamente esperar de él, teniendo en cuenta su presentación, su uso razonablemente previsible y el momento en que se puso en circulación.
Las novedades de la Directiva 2024: software, IA y productos digitales
La reforma de 2024 amplía el ámbito de la directiva a los productos digitales: el software (incluyendo las actualizaciones) y los sistemas de IA pueden ser ahora «productos defectuosos» si causan daños. Esto tiene implicaciones significativas para las empresas tecnológicas: una actualización de software que introduce un fallo de seguridad, un sistema de IA que toma una decisión incorrecta en un contexto de alto riesgo, o un dispositivo conectado con vulnerabilidades conocidas pueden generar responsabilidad objetiva del fabricante o del proveedor del software.
Cómo gestionar el riesgo de responsabilidad por productos
Las empresas productoras y distribuidoras deben: mantener registros del proceso de diseño y producción que acrediten los controles de calidad realizados, disponer de un sistema de alerta temprana de defectos (safety alert), implementar protocolos de retirada de productos cuando se detecta un defecto, y contratar seguros de responsabilidad de producto con coberturas adecuadas al volumen de ventas y al riesgo del sector. En DirectorJuridico.es asesoramos en responsabilidad por productos coordinados con LRB Tax & Legal, especialistas en responsabilidad civil empresarial. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.