DirectorJuridico

Teletrabajo: obligaciones del empleador y requisitos del acuerdo de trabajo a distancia

El contrato de trabajo a tiempo parcial y el teletrabajo: obligaciones del empleador

La flexibilidad en la organizacion del trabajo es una demanda creciente de los trabajadores y una necesidad operativa de muchas empresas, pero el marco juridico espanol establece requisitos especificos para los contratos de trabajo a tiempo parcial y para el teletrabajo que el empleador debe respetar escrupulosamente para evitar sanciones. El contrato de trabajo a tiempo parcial debe formalizarse obligatoriamente por escrito, con indicacion del numero de horas ordinarias de trabajo al dia, a la semana, al mes o al año contratadas. El registro diario de la jornada es obligatorio para todos los trabajadores, incluidos los a tiempo parcial, y el incumplimiento puede suponer sanciones de la Inspeccion de Trabajo y la presuncion de que el contrato era a jornada completa con todas las consecuencias economicas que ello implica.

El teletrabajo esta regulado en Espana por la Ley 10/2021 de trabajo a distancia, que establece que cuando el trabajo a distancia representa mas del 30% de la jornada laboral en un periodo de referencia de tres meses, debe formalizarse un acuerdo de trabajo a distancia por escrito, con el contenido minimo exigido por la ley: el inventario de los medios que la empresa pone a disposicion del trabajador para el teletrabajo, el mecanismo de compensacion de los gastos del teletrabajo (electricidad, internet, material de oficina), la distribucion del tiempo entre trabajo presencial y a distancia, el horario y las reglas de disponibilidad del trabajador, el centro de trabajo al que queda adscrito el trabajador, el lugar de trabajo a distancia elegido por el trabajador, y la duracion del acuerdo. La empresa tiene la obligacion de dotar al trabajador de los medios y herramientas necesarios para el teletrabajo (ordenador, acceso a sistemas de la empresa) y de compensar los gastos generados por el teletrabajo (aunque la forma y el importe de esa compensacion puede acordarse con los trabajadores o en convenio colectivo). El trabajador que teletrabaja tiene los mismos derechos que el trabajador presencial, incluido el derecho a la desconexion digital: la empresa no puede exigir al trabajador que este disponible fuera de su horario de trabajo a traves de medios digitales. Para la elaboracion del acuerdo de teletrabajo y la adaptacion de la politica de recursos humanos a la normativa de trabajo a distancia, LRB Tax y Legal elabora los acuerdos de trabajo a distancia y las politicas de teletrabajo adaptadas a la Ley 10/2021, garantizando el cumplimiento de los requisitos formales y de contenido. Para la cuantificacion de los gastos de teletrabajo reclamados por trabajadores y de las sanciones por incumplimiento de la normativa de trabajo a distancia, ValiTax elabora los informes periciales de cuantificacion de gastos de teletrabajo y de valoracion de reclamaciones laborales por incumplimiento del acuerdo de trabajo a distancia. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.

¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?

Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.