La propiedad industrial en la empresa: qué es y qué protege
La propiedad industrial engloba los derechos que protegen las creaciones con aplicación industrial o comercial: marcas, nombres comerciales, patentes, modelos de utilidad, diseños industriales y secretos comerciales. A diferencia de los derechos de autor (que nacen automáticamente con la creación), la mayoría de los derechos de propiedad industrial requieren registro ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO) para generar el monopolio de explotación. Una empresa que no registra sus activos de propiedad industrial se expone a que un tercero los registre y la expulse del mercado con sus propios activos.
La marca: el activo de propiedad industrial más valioso para la mayoría de empresas
La marca registrada otorga el derecho exclusivo a usar el signo en el mercado para los productos y servicios para los que fue registrada. El registro en España tiene una vigencia de 10 años renovable indefinidamente. Antes de registrar, es imprescindible realizar una búsqueda de anterioridades que compruebe que no existe una marca idéntica o similar para productos o servicios similares: el registro de una marca sin búsqueda previa puede suponer invertir en el desarrollo de marca durante años para luego recibir una oposición que obliga a cambiar de nombre comercial.
Clases de Niza: elegir correctamente las categorías
El sistema de clasificación de marcas por clases de Niza (45 clases de productos y servicios) determina el alcance de la protección. Una marca registrada solo en la clase 25 (ropa) no protege frente al uso del mismo signo en la clase 35 (servicios de comercio al por menor). La elección de las clases de registro es una decisión estratégica que debe hacerse con criterio jurídico y visión de negocio, teniendo en cuenta la actividad actual y la prevista expansión de la empresa.
La marca de la UE vs la marca nacional: cuándo conviene cada una
La marca de la UE registrada ante la EUIPO protege en los 27 estados miembros con un único registro y una única cuota, pero tiene el inconveniente de que si existe una marca anterior en cualquier país de la UE puede oponerse al registro. La marca nacional española es más barata, más rápida y tiene menos riesgo de oposición, pero solo protege en España. La estrategia óptima depende del mercado actual y de la expansión prevista. Para empresas que venden exclusivamente en España, la marca nacional es suficiente; para las que exportan a la UE, la marca comunitaria es la solución más eficiente. En DirectorJuridico.es gestionamos el registro de marcas nacionales y europeas coordinados con LRB Tax & Legal, asesoría legal para empresas. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.