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Condiciones de colaboración

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Condiciones de colaboración

Reglas claras por escrito desde el primer asunto. Estas son las condiciones marco de la colaboración; las económicas concretas se acuerdan por especialidad y por tipo de encargo, y siempre antes de empezar.

Modelo económico

ModalidadCuándo se usa
Precio cerrado por encargoTrabajos con alcance definido: dictamen, contrato, expediente
Por fasesProcedimientos judiciales, con presupuesto por instancia
Por horas con estimación y topeAsuntos de alcance incierto, con aviso antes de superar la estimación
MixtoParte fija más variable ligada al resultado, cuando procede

La modalidad se acuerda para cada encargo antes de iniciarlo, junto con los gastos repercutibles y los plazos de facturación y de pago. No hay cuotas de entrada, ni cánones, ni comisiones ocultas.

Transparencia con el cliente

La empresa conoce el importe del encargo antes de aprobarlo. El modelo no se sostiene sobre márgenes ocultos, sino sobre que el cliente recibe un trabajo mejor definido y el colaborador un encargo mejor preparado.

Compromisos del colaborador

  • Plazos. Los comprometidos en cada encargo, con aviso inmediato si surge una complicación.
  • Comunicación. Informe de estado sin que haya que solicitarlo, y aviso antes de cualquier desviación de alcance o de coste.
  • Confidencialidad. Sobre toda la información del cliente, sin límite temporal.
  • Seguro de responsabilidad civil vigente y acreditado, con cobertura adecuada al tipo de encargo.
  • Conflictos. Comprobación antes de aceptar y comunicación inmediata si surgen sobrevenidamente.
  • No captación directa del cliente para servicios distintos del encargo durante la colaboración y un período posterior razonable.
  • Documentación. Entrega ordenada del expediente al finalizar el encargo.

Compromisos por nuestra parte

  • Encargos definidos con alcance, entregable y plazo por escrito.
  • Contexto completo y documentación ordenada desde el primer día.
  • Presupuesto aprobado por el cliente antes de que empiece el trabajo.
  • Pago puntual en los plazos acordados.
  • Respeto a su cartera: sin exclusividad ni interferencia en su actividad propia.
  • Continuidad en la derivación mientras el resultado y los plazos se mantengan.

Duración y terminación

El acuerdo es de duración indefinida y cualquiera de las partes puede terminarlo con un preaviso razonable, sin penalización. Los encargos en curso se completan conforme a lo pactado. Los deberes de confidencialidad y de no captación subsisten tras la terminación en los términos acordados.

Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil, laboral, penal y de protección de datos se modifica con frecuencia, y existen especialidades sectoriales y autonómicas: antes de tomar decisiones conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.

Preguntas frecuentes

Sobre las condiciones

¿Quién emite la factura al cliente?

Depende del modelo acordado para cada tipo de encargo. En unos casos el colaborador factura directamente a la empresa y nosotros mantenemos la coordinación; en otros la facturación es conjunta o se canaliza a través del despacho. Lo relevante es que quede escrito antes del primer encargo, junto con los plazos de pago, para que no haya ambigüedad ni sorpresas.

¿Y si el cliente quiere contratarme directamente para otros asuntos?

La cláusula de no captación directa protege la relación durante la colaboración y un período posterior razonable, y es una condición estándar en este tipo de acuerdos. Ahora bien, si el cliente plantea una necesidad que excede el encargo, la vía natural es comentarlo con nosotros: en muchos casos se acaba ampliando el encargo, lo que beneficia a las tres partes.

¿Qué pasa si un asunto se complica y excede el presupuesto?

Se avisa antes de incurrir en la desviación, no después. Se explica qué ha cambiado, qué trabajo adicional exige y con qué coste, y el cliente decide. Es exactamente lo mismo que exigimos a los despachos cuando actuamos como cliente, y funciona: los problemas de facturación desaparecen cuando la desviación se comunica a tiempo.

¿Quién controla hoy las obligaciones legales de su empresa?

Si la respuesta es «cada uno un poco» o «el despacho, cuando le llamamos», hay riesgo acumulado que nadie está midiendo. Cuéntenos cómo está organizada su empresa y le devolvemos un diagnóstico con lo que falta, lo que está desactualizado, lo que puede sancionarse y en qué orden conviene resolverlo, con una propuesta de honorarios cerrada.